Obtener registros gráficos, morfológicos o funcionales del cuerpo humano, con fines diagnósticos o terapéuticos, a partir de la prescripción facultativa, utilizando equipos de diagnóstico por imagen y de medicina nuclear, y asistiendo al paciente durante su estancia en la unidad, aplicando protocolos de radioprotección y de garantía de calidad, así como los establecidos en la unidad asistencial.
| Módulo Profesional | Horas-total | Curso |
| Técnicas de radiología simple | 165 | 1º |
| Técnicas de radiología especial | 60 | 2º |
| Técnicas de tomografía computarizada y ecografía | 105 | 2º |
| Técnicas de imagen por resonancia | 90 | 2º |
| Técnicas de imagen en medicina nuclear | 75 | 2º |
| Técnicas de radiofarmacia | 60 | 2º |
| Atención al paciente | 132 | 2º |
| Itinerario personal para la empleabilidad II | 63 | 2º |
| Sostenibilidad aplicada a los sectores productivos | 40 | 2º |
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Proyecto Intermodular
|
50 | 2º |
| Módulos optativos | 84 | 2º |
El acceso a los ciclos o módulos de Grado Superior requiere el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones:
- Estar en posesión del título de Bachiller.
- Poseer un título de Técnica o Técnico de Formación Profesional o Técnica o Técnico de Artes Plásticas y Diseño.
- Haber superado una oferta formativa de grado C de nivel 3 incluida en el ciclo formativo.
- Haber superado el curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos formativos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o 45 años.
- Poseer un título de Técnica o Técnico o Técnica Superior o Técnico Superior de Formación Profesional o grado universitario.
- Acreditar la posesión de alguna de las titulaciones equivalentes para el acceso a los ciclos formativos de grado superior establecidos en la disposición adicional sexta, apartado 2 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
- Estar en posesión del título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
- Estar en posesión de título de Bachiller Unificado Polivalente, o haber completado todas las asignaturas conducentes a la obtención del citado título.
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
- Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitario.
- Estar en posesión del título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
- Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente
- Certificado de homologación de estudios extranjeros con alguno de los títulos relacionados anteriormente: en el supuesto en que el procedimiento de homologación no haya sido resuelto, se aceptará el volante de inscripción condicional.
El sector sanitario público y privado, en unidades de radiodiagnóstico y de medicina nuclear, en centros de investigación y en institutos anatómico-forenses o de medicina legal, así como en centros veterinarios y de experimentación animal, y delegaciones comerciales de productos hospitalarios, farmacéuticos y técnicos de aplicaciones en electromedicina.
Realiza su trabajo bajo la supervisión del médico especialista correspondiente y el supervisor de la instalación, con la correspondiente acreditación como operador de instalaciones radiactivas otorgado por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración sanitaria estatal.
Salidas profesionales:
Técnico superior en imagen para el diagnóstico.
- Técnico especialista en radiodiagnóstico.
- Técnico especialista en medicina nuclear.
- Personal técnico en equipos de radioelectrología médica.
- Personal técnico en protección radiológica.
- Personal técnico en radiología de investigación y experimentación.
- Delegado comercial de productos hospitalarios y farmacéuticos.
Profesiones reguladas a las que se accede con este título:
- Técnico superior en imagen para el diagnóstico y medicina nuclear es una profesión regulada según la ley de ordenación de las profesiones sanitarias
Seguir estudiando:
- Cursos de especialización profesional.
- Otro Ciclo de Formación Profesional de Grado Superior con la posibilidad de establecer convalidaciones de módulos de acuerdo a la normativa vigente.
- Enseñanzas Universitarias con la posibilidad de establecer convalidaciones de acuerdo con la normativa vigente.
- Operador de instalaciones de rayos X
- Licencia de operador en Medicina Nuclear
¿Qué voy a aprender y hacer?
- Organizar y gestionar el área de trabajo del técnico, según procedimientos normalizados y aplicando técnicas de almacenamiento y de control de existencias.
- Diferenciar imágenes normales y patológicas a niveles básicos, aplicando criterios anatómicos.
- Verificar el funcionamiento de los equipos, aplicando procedimientos de calidad y seguridad.
- Verificar la calidad de las imágenes médicas obtenidas, siguiendo criterios de idoneidad y de control de calidad del procesado.
- Obtener imágenes médicas, utilizando equipos de rayos X, de resonancia magnética y de medicina nuclear, y colaborar en la realización de ecografías, y/o en aquellas otras técnicas de uso en las unidades o que se incorporen en el futuro.
- Asegurar la confortabilidad y la seguridad del paciente de acuerdo a los protocolos de la unidad
- Obtener radiofármacos en condiciones de seguridad para realizar pruebas de diagnóstico por imagen o tratamiento.
- Realizar técnicas analíticas diagnósticas empleando los métodos de radioinmunoanálisis
- Aplicar procedimientos de protección radiológica según los protocolos establecidos para prevenir los efectos biológicos de las radiaciones ionizantes.Estas enseñanzas incluyen los conocimientos necesarios para llevar a cabo las actividades de nivel básico de prevención de riesgos laborales